Una serie de artículos dedicados a analizar los argumentos justificantes y las modificaciones propuestas por la LOMLOE, nos lleva a concluir que durante años el Sistema Educativo Español ha sido sometido a cambios que parecen responder más a razones políticas que educativas. Se conocen varias reformas educativas en el sistema español con la pretensión de hacer mejoras en el sistema educativo

Esto provoca, un juego en el cual colegios de cualquier idioma, régimen evaluativo, alumnado, profesorado, auxiliares de conversación, ha pasado por al menos unas ocho modificaciones desde 1970 a 2020. Estas, han supuesto el ejercicio del derecho a la educación y su calidad exponiendo la actualización, modernidad, equidad, justicia, y muchos propósitos hasta plantear la educación cosmopolita. Parece que, el sistema educativo ha sido una pieza más en el ajedrez político mezclando reformas, modificaciones, cambios y mejoras, que a la larga no han cambiado nada de fondo. Por otro lado, hemos oído hablar mucho de formas abiertas, pero con un desfavorable resultado.

¿Cambios educativos o maquillaje?

Ahora toca el turno a la LOMLOE. Ley que, mediante una repetitiva argumentación, propone modificaciones de forma y no de fondo, cargada de  numerosos propósitos idealizados, transformados en verdaderos despropósitos.

Entonces surgen algunas preguntas. ¿Cambiar para no cambiar?¿Cuáles son los verdaderos propósitos de una ley redactada con tantas confusiones y lagunas legales? ¿Qué ambiciona esta Ley que modifica a la LOE?

La Ley Celaá sus propósitos o sus despropósitos

Si lo razonamos, no profundiza sobre nuestra realidad vital porque está parcializada. No responde al sentir universal, sino a un sector consultado cuya visión es sectorial. Tampoco formula objetivos claros para el Sistema educativo; todo queda en formulas ideales.

Manifiesta igualdad, equidad, justicia social. No obstante, la segregación queda abierta. Ni hablar del currículo, el planteamiento de la tecnología, la igualdad de género, la eliminación del castellano como lengua vehicular. Sin embargo, por suerte permite la enseñanza de idiomas extranjeros como el inglés que es idioma universal.

Por otra parte, arrincona a las escuelas concertadas, y pone en “sala de espera presupuestaria” a los Centros de Educación Especial. Durante 10 años, menoscaba la religión, no aclara “si delega o no”, competencias sin plan de acción y sin mecanismos de control. No parece que importe la motivación al logro, el esfuerzo en bachillerato, flexibilizando su aprobación con materias suspensas y, a través del cuerpo docente. Este subjetivamente tendrá la última palabra. 

Prende alarmas cuando expone que, el profesorado “cuyo comportamiento no comulgue con los ideales” ¿políticos? Serán separados de las aulas y destinados a tareas administrativas.

En relación con un despropósito más, el añadido “derecho a la educación pública” nos obliga a discurrir sobre el particular cuando nos ubicamos en el tema de los derechos. El derecho es a la educación, no es un derecho diferenciador en materia educativa. No es esa insistencia en la educación pública. Es una muestra del desconocimiento de la materia legal. 

Por ello, es importante destacar que, entre los propósitos y despropósitos de esta ley llena de desatinos, lagunas legales, gatazos, ligerezas, y equivocaciones, nos hace pensar que la sociedad española arrastrará sus consecuencias, divisándose un horizonte de dilemas y debates, amén de la inseguridad jurídica, y la reglamentación necesaria para su puesta en marcha en muchas de sus disposiciones, dadas las lagunas generadas en ambos ámbitos: el educativo y el legal.